Diferencias entre contrato de agencia y distribución, preaviso e indemnización por clientela según la Ley 12/1992. Qué mirar antes de firmar.

Un agente promueve operaciones por cuenta del fabricante, o las concluye en su nombre, a cambio de comisión, y no asume el riesgo de la venta salvo pacto (Ley 12/1992, art. 1). Un distribuidor compra y revende por cuenta propia. Al terminar un contrato de agencia puede haber preaviso de hasta seis meses e indemnización por clientela.
El artículo 1 de la Ley 12/1992 define el contrato de agencia: una persona, física o jurídica, se obliga frente a otra a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlos y concluirlos en nombre ajeno, como intermediario independiente y a cambio de una remuneración. El agente no asume el riesgo y ventura de las operaciones, salvo pacto en contrario.
La fila del distribuidor describe práctica habitual, no una regulación específica. Revísala con tu asesor.
Si el contrato es por tiempo indefinido, cualquiera de las partes puede ponerle fin con denuncia unilateral por escrito. El preaviso es de un mes por cada año de vigencia, con un máximo de seis meses. Si el contrato ha durado menos de un año, es de un mes. Las partes pueden pactar plazos mayores, pero el del agente nunca puede ser inferior al del empresario (art. 25).
Al terminar el contrato, el agente puede tener derecho a una indemnización si aportó nuevos clientes al empresario, o incrementó sensiblemente las operaciones con la clientela existente. Su actividad anterior debe poder seguir generando ventajas sustanciales para el empresario, y la indemnización debe ser equitativamente procedente (art. 28.1).
La cuantía no puede superar el importe medio anual de las remuneraciones percibidas por el agente en los últimos cinco años. Si el contrato duró menos de cinco años, se calcula sobre todo el periodo (art. 28.3).
Ese paso previo es donde trabajamos en Hurus: identificar qué candidatos encajan, detectar cuándo pueden hablar y abrir la conversación con contexto.
Este artículo no es asesoramiento jurídico. Consulta con un abogado mercantil antes de firmar.
El agente promueve operaciones por cuenta del fabricante, o las concluye en su nombre, a cambio de comisión, y no asume el riesgo de la operación salvo pacto (Ley 12/1992, art. 1). El distribuidor compra el producto y lo revende por cuenta propia. El contrato y la responsabilidad cambian.
En contratos por tiempo indefinido, un mes por cada año de vigencia, con un máximo de seis. Si el contrato dura menos de un año, un mes. Las partes pueden pactar plazos mayores, pero el del agente nunca puede ser inferior al del empresario (art. 25).
Compensación que puede corresponder al agente al terminar el contrato si aportó nuevos clientes o incrementó sensiblemente las operaciones, y su actividad seguirá beneficiando al empresario. No puede superar la remuneración media anual de los últimos cinco años (art. 28). Consulta con un abogado antes de firmar.
Fuente: Ley 12/1992 sobre Contrato de Agencia, texto en la web del BOE (página informativa, sin valor jurídico).
Guía completa: Prospección B2B para fábricas de alimentación y bebidas: guía 2026
Última revisión: 18 de octubre de 2026.